24 Septiembre, 2025
¿Cuándo prescribe una multa de tráfico?

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Simulador Renting de coches¿Te ha llegado una multa y no sabes si todavía pueden reclamarla? Las sanciones de tráfico, como cualquier otra infracción administrativa, tienen un plazo de prescripción, es decir, un tiempo límite durante el cual la administración puede sancionarte o cobrarte. Pero ese plazo no siempre es el mismo: depende del tipo de infracción, de si te han notificado la multa o no, y de si ya es firme.
En esta guía te explicamos de forma clara cuándo prescriben las multas de tráfico, las municipales y las que ya están en proceso de cobro, además de mostrarte qué hacer si crees que tu sanción ha prescrito. Todo, con ejemplos sencillos y actualizados.
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¿Cuándo prescriben las multas de tráfico?

Las multas de tráfico tienen distintos plazos de prescripción dependiendo de la gravedad de la infracción cometida. El proceso de prescripción se refiere al tiempo límite que tiene la administración para hacer efectiva la sanción. Si este periodo finaliza sin que se haya iniciado ningún trámite o procedimiento, la multa ya no puede ser legalmente exigida.
- Infracciones leves: Las multas derivadas de infracciones leves, como pequeños despistes al volante o errores menores, prescriben a los tres meses desde que se cometió la infracción. Esto significa que, si en ese plazo la administración no ha notificado la sanción al infractor, esta queda sin efecto.
- Infracciones graves: Para las infracciones graves, como el exceso de velocidad moderado o saltarse un semáforo, el plazo de prescripción es de seis meses. Esto implica que las autoridades tienen medio año para notificar la sanción al infractor y hacerla efectiva.
- Infracciones muy graves: Las infracciones muy graves, como conducir bajo los efectos del alcohol o cometer actos de conducción temeraria, tienen un plazo de prescripción de un año. En estos casos, la administración dispone de doce meses para procesar y notificar la multa antes de que prescriba.
Las multas prescriben a los 5 años

Las sanciones económicas relacionadas con multas de tráfico tienen un plazo de prescripción específico que puede extenderse hasta los cinco años, siempre que no se realicen acciones de cobro por parte de la administración. Esto quiere decir que, si la administración no inicia ningún procedimiento para reclamar el pago dentro de ese plazo, la multa prescribe y ya no puede ser exigida al infractor.
El proceso de prescripción de sanciones económicas sigue una normativa clara: una vez que se ha notificado la multa y el infractor no realiza el pago, las autoridades disponen de un periodo de cinco años para llevar a cabo las acciones necesarias para su cobro. Si dentro de esos cinco años no se toman medidas legales, como un embargo o un requerimiento de pago, la sanción económica prescribe.
Prescripción de multas municipales
Las multas municipales prescriben según su gravedad. Las infracciones leves prescriben al año y las graves o muy graves, a los tres años desde que se cometieron, siempre que no haya actuaciones del ayuntamiento que interrumpan el plazo.
Además, el derecho a cobrar la multa prescribe a los cuatro años desde que la sanción es firme. Si en todo ese tiempo no has recibido notificaciones ni requerimientos, la multa podría haber prescrito.
¿Cuándo prescribe una multa del ayuntamiento?
Las multas impuestas por los ayuntamientos, como las relacionadas con el estacionamiento indebido o el acceso a zonas de bajas emisiones, también están sujetas a plazos de prescripción. Estas multas tienen un tratamiento similar al de las sanciones de tráfico, aunque su gestión recae en las administraciones locales.
El plazo de prescripción para las multas emitidas por un ayuntamiento, como las de aparcamiento o por acceder a áreas restringidas, suele ser de cuatro años en el caso de las sanciones económicas. Este periodo comienza a contar desde el momento en que la sanción es firme y el infractor no la ha pagado. Si dentro de esos cuatro años el ayuntamiento no toma medidas para cobrar la multa, esta prescribe, y ya no puede ser exigida al infractor.

¿Cuándo prescribe una multa de aparcamiento?
Las multas de aparcamiento, que generalmente son consideradas infracciones leves, tienen plazos de prescripción más cortos en comparación con otras sanciones de tráfico más graves. En términos generales, el plazo de prescripción para una multa de aparcamiento es de tres meses desde que se comete la infracción. Si en ese tiempo la administración local, como el ayuntamiento, no ha notificado la sanción al infractor, la multa prescribe y ya no es exigible.
| Tipo de dato | Detalle |
|---|---|
| Plazo de prescripción | Generalmente 4 años para que la Administración reclame el pago de la multa. |
| Valores aproximados | Multas de aparcamiento suelen oscilar entre 40 € y 200 €, dependiendo de la infracción y el municipio. |
| Inicio del cómputo | El plazo comienza a contar desde el día en que se comete la infracción, salvo que la Administración realice actuaciones que interrumpan la prescripción (como la notificación de la multa). |
| Interrupción | Si recibes una notificación o requerimiento, el plazo se reinicia desde cero. |
| Prescripción del derecho de cobro | Aunque la multa esté impuesta, el derecho de la Administración para cobrar también prescribe a los 4 años desde la firmeza de la sanción. |
Prescripción de multas de tráfico: ¿Qué ocurre si no pago?
Cuando una multa de tráfico no es pagada dentro del plazo establecido, la sanción no desaparece automáticamente. En lugar de eso, la administración inicia un proceso para cobrar la deuda pendiente. Este proceso puede incluir medidas como la aplicación de recargos, intereses de demora y, en última instancia, un procedimiento de embargo sobre los bienes del infractor.
Una vez que se ha superado el plazo de pago voluntario, que suele ser de 20 días naturales desde la notificación de la multa, la administración puede aplicar un recargo del 20% sobre el importe original de la sanción. Si el infractor continúa sin realizar el pago, el expediente se traslada a la Agencia Tributaria u otro organismo encargado de la recaudación, que puede iniciar el proceso de embargo de bienes, como cuentas bancarias, salarios o propiedades.
Si no se pagan las multas, además de los recargos económicos, se pueden adoptar otras medidas administrativas, como la inmovilización o embargo del vehículo en algunos casos. También se puede bloquear la posibilidad de realizar trámites relacionados con el vehículo, como la renovación de permisos o la transferencia de titularidad.
| Plazo | Consecuencia | Valores / Recargos |
|---|---|---|
| 0 - 20 días naturales | Periodo de pronto pago | 50% de descuento sobre el importe de la multa. |
| 20 - 45 días aprox. | Pago voluntario (sin reducción) | Se paga el importe completo (ej: 100 €). |
| Tras el periodo voluntario | Inicio vía ejecutiva | Recargo del 10% sobre la deuda (ej: multa de 100 € → 110 €). |
| Fase de apremio | No pagar tras la notificación de apremio | Recargo del 20% + intereses de demora. |
| Ejecución forzosa | Embargo de bienes o cuentas | Recargo del 35% + costas + intereses legales. |
| Prescripción | La deuda prescribe | A los 4 años si la Administración no interrumpe el plazo. |

¿Cuánto tiempo tienen para notificar una multa de tráfico?
Para infracciones leves, como estacionar en lugar prohibido o no llevar puesto el cinturón de seguridad, la administración tiene un plazo de tres meses desde el día en que se cometió la infracción para notificar al infractor. Si no se envía la notificación en ese tiempo, la multa prescribe y no se podrá reclamar.
En el caso de las infracciones graves o muy graves, como el exceso de velocidad, conducir bajo los efectos del alcohol o cometer actos de conducción temeraria, el plazo de notificación es mayor. La administración dispone de seis meses para notificar la multa al infractor. Si en este plazo no se ha notificado correctamente la sanción, también quedaría sin efecto.
¿Qué pasa si una multa prescribe?
Cuando una multa de tráfico prescribe, significa que ha expirado el plazo legal establecido para que la administración pueda exigir su cobro o notificación. Una vez alcanzada la prescripción, la sanción deja de ser válida y el infractor queda exento de pagarla, ya que la administración pierde su derecho a reclamar la deuda.
¿Sigue siendo válida la sanción?
No, una vez que la multa ha prescrito, la sanción ya no es válida.
¿El infractor queda exento de pagarla?
Sí, cuando la multa prescribe, el infractor queda completamente exento de pagarla. Esto ocurre porque el plazo legal para exigir la deuda ha caducado, y ya no se pueden iniciar o continuar procedimientos de cobro.
¿Hay alguna forma de impugnarla una vez prescrita?
Si bien la multa ya no es exigible una vez que ha prescrito, en caso de que la administración intente cobrar una multa prescrita, el infractor tiene derecho a impugnarla. Para hacerlo, puede presentar un recurso administrativo alegando la prescripción de la multa y aportando pruebas de que se ha superado el plazo de prescripción

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