28 Octubre, 2021

¿Se puede transferir un coche sin impuesto de circulación?

Tener un coche en posesión no supone, únicamente, pagar el coste del mismo, ni mucho menos. Un automóvil es un gasto constante, incluso estando parado. Es cierto que un coche resulta tremendamente práctico para ir a comprar, cómodo al no tener que estar pendiente de horarios y rápido, al no tener que detenerse en todas las paradas y poder ir directamente a nuestro destino, pero acarrea una serie de gastos que a veces se nos pasan por alto.

De hecho, incluso a la hora de vender el coche, necesitamos pagar algunas cosas. Sí, para vender el coche hay que pagar, principalmente impuestos. Sí, el coche es una enorme fuente de ingresos para el estado mediante los impuestos, tanto directos como indirectos, pero por lo general, solo hay uno que influye directamente y que además, podría evitar que vendieras el coche: el impuesto de circulación. O mejor dicho, el Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), su nombre auténtico.

Como puedes llegar a pensar, solo pagan este impuesto los vehículos que estén animados por un motor y por ello, los ciclistas no pagan impuesto de circulación. Es un tema que da mucho de qué hablar en redes sociales y demás, pero ya sabéis porque no pagan. Y ya sabéis porque se ha estado barajando la posibilidad de obligar a los patinetes eléctricos a abonar un impuesto, al igual que a las bicicletas eléctricas (ambos tienen motor). Pero esto es tema para otra ocasión.

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No puedes cambiar el titular de un vehículo sin pagar el impuesto de circulación

Una de las cosas que debemos saber es que los impuestos afectan a determinadas situaciones. Por ejemplo, por todos es sabido que no se puede circular sin abonar el impuesto de circulación, pero no todo el mundo sabe que no se puede cambiar el titular del vehículo sin pagar el mencionado impuesto. Es decir, se puede vender el coche sin impuesto de circulación, pero no se puede cambiar el titular, vamos, que no se puede poner un nuevo propietario en los papeles del coche sin pagar el impuesto de circulación.

El 1 de enero de 2011 se puso en marcha una normativa que no permitía el cambio de titular de un vehículo sin tener al día el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Es más, para poder vender un coche, cualquiera, hay que tener todos el impuesto de circulación de todos los años pagado, pues no se puede pagar el impuesto del año en curso sin abonar el anterior. Resumiendo, si tienes un coche parado y quieres venderlo, pero tienes tres pagos de impuesto pendientes, tendrás que pagar los tres.

Obviamente, se puede llegar a un acuerdo con el comprador y se puede pagar entre comprador y vendedor, eso no es un problema. También existe una situación en la que podremos cambiar el titular del coche sin pagar el impuesto de circulación y es una demora o una nula comunicación con la Dirección General de Tráfico.

Todos los ayuntamientos tienen que comunicar a la DGT si se han realizado los pagos del impuesto, una obligación que a veces se hace tarde y a veces ni siquiera se hace. Si no se ha realizado la comunicación, la Dirección General de Tráfico no pondrá pegas en el cambio de titular del vehículo. Se puede saber el estado de este impuesto pidiendo un informe del vehículo (requiere pago de tasas), si no aparece ninguna referencia al impago del recibo, el vehículo se podrá transferir con total normalidad.

impagos del impuesto de circulación

He comprado el coche con impagos del impuesto de circulación, ¿qué hago?

Evidentemente, si se ha dado el caso anteriormente descrito, se puede dar el caso de tener el vehículo y que no se hayan abonado los recibos pertinentes, sean cuantos sean. Una situación que seguramente te haga dudar, pues no querrás pagar todos los recibos que no son tu responsabilidad. Sin embargo, no tendrás que preocuparte de nada, pues el coche ya está a tu nombre y no te obligarán a abonar ningún recibo, pues la deuda la contrajo la persona y no el vehículo y por tanto, las reclamaciones llegarán a su anterior propietario.

Ocurre igual que con cualquier multa, no es el vehículo el sancionado, es el conductor y por tanto, el coche estará libre de estas cargas. Otra cosa es, obviamente, que cuando vayamos a comprar el coche no se haya abonado el impuesto y además, aparezca en el informe de la DGT (se incluye en la cabecera del informe de tráfico un aviso que dice “vehículo con cargas o gravámenes”, junto a una sección llamada “Cargas o gravámenes”, donde indicará qué ocurre con el vehículo).

En este caso, existe la opción de abonar el impuesto y presentar el recibo de pago cuando se proceda al cambio de titularidad. En caso contrario, como se ha comentado antes, no se podrá realizar el cambio de nombre. Se podrá vender, pero no cambiar el titular en Tráfico.

¿Quién paga el impuesto de circulación si vendo el coche?

Una vez se haya vendido el coche y se haya realizado la transferencia, todos los datos que figuren del vehículo pasarán a estar relacionados con el nuevo propietario. No obstante, con el impuesto de circulación ocurre una cosa que debemos conocer: el impuesto correrá a cargo del titular que figure en los papeles el día 1 de enero del año en curso. Es decir, si vendemos un coche el día 2 de enero, el vendedor tendrá que abonar el impuesto de circulación, aunque el coche no sea suyo y esté legalmente en posesión de su nuevo propietario.

Algunas personas llegan a un acuerdo y en esas situaciones, es el comprador el que se hace cargo del pago del impuesto. Evidentemente, ese acuerdo debería estar registrado en el contrato de compra-venta o bien, incluirlo en el precio del vehículo y así cubrir ese gasto con antelación.

Por el contrario, si hemos vendido el coche a mitad de año, por ejemplo, habremos pagado todo el año completo pero el 1 de enero del año siguiente, el recibo irá a nombre del nuevo propietario. Ni siquiera hace falta hacer nada, cuando sea la fecha de pago el propio ayuntamiento nos avisará con una carta mediante correo ordinario ya que estará al tanto de dicho cambio de propietario gracias a la Dirección General de Tráfico.

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