26 Abril, 2024
¿Está permitido el aparcamiento en un vado propio?
En esta guía, conoceremos las regulaciones asociadas al estacionamiento en vados, aprenderemos si alguien puede aparcar en un vado o no, las sanciones por el estacionamiento no autorizado y cómo evitar complicaciones legales derivadas de esta normativa de vados.
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¿Está permitido el aparcamiento en un vado propio?
El estacionamiento o la simple parada en un vado es un tema controversial y de interés para muchos conductores. Aunque la normativa sobre el aparcamiento en vados puede variar en ciertos aspectos acorde a la legislación local, hay varios aspectos comunes a todas las comunidades.
¿Y puedo aparcar o estacionar en mi vado?
La licencia de vado confiere al titular el derecho de acceso a su propiedad, pero no el de ocupar el espacio público designado como vado en la vía pública. Por ello, aún siendo el propietario, no tiene derecho a estacionar en su propio vado.
Si el titular del vado o cualquier otra persona estaciona su vehículo en el espacio reservado, obstruyendo la vía pública, los servicios municipales serán los responsables de retirar el vehículo e imponer la sanción correspondiente a la legislación vigente.
Multa por aparcar en un vado propio
En el RGC (Reglamento General de Circulación), en su artículo 91 prohíbe el estacionamiento cuando se obstruye el acceso normal de entrada o salida de un edificio con un vado correctamente señalizado. Esta normativa busca garantizar la fluidez del tráfico y el acceso a las propiedades. Estacionar en un vado puede resultar en multas significativas y la posibilidad de que el vehículo sea remolcado hasta el depósito municipal.
La sanción es la misma tanto para el titular del vado como para cualquier otra persona. La multa por aparcar en un vado o contravado es de 200€, pudiendo ser la mitad abonando la multa antes de 15 días, es decir de 100€.
Excepciones en las que sí se puede aparcar en un vado
Las regulaciones sobre el aparcamiento en vados es estricta, pero existen varias situaciones en la que está permitido el aparcamiento en un vado. Algunas de las más comuns son las siguientes:
- Permiso del propietario: En algunos casos, como durante eventos especiales o situaciones de emergencia en las que se necesite espacio adicional para estacionar, el titular del vado puede ceder permiso para que otros vehículos estacionen temporalmente.
- Obras o servicios: Si en la propiedad asociada al vado, se están llevando a cabo obras, mantenimiento, entre otras cosas, se permite el estacionamiento temporal de vehículos de trabajadores o proveedores en el vado (suele requerir una atorización previa de las autoridades o del titular del vado).
- Servicios de emergencia: En situaciones de emergencia, como incendios, accidentes o desastres naturales, los servicios de emergencia pueden necesitar acceso rápido y sin obstáculos a las propiedades. En esos casos, se permite el estacionamiento temporal a estos servicios.
No hay que olvidar que estas excepciones por lo normal son temporales y están sujetas a una aprobación previa por parte de las autoridades o del titular del vado. El estacionamiento en vados sin permiso sigue siendo un motivo de sanciones y multas.
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