06 Abril, 2021

¿Qué desgravaciones fiscales tiene el renting para particulares?

Seguramente hayas oído hablar de las desgravaciones fiscales que tiene el renting y te preguntes si el renting para particulares dispone de alguna ventaja fiscal. Ya que esta opción es muy famosa entre las empresas —y también entre autónomos— precisamente por las ventajas fiscales que conlleva el renting, es lógico preguntarse si también el renting para particulares tiene desgravaciones fiscales.

Cada vez son más los particulares que se preguntan si decantándose por esta forma de adquisición de un coche nuevo, podrán beneficiarse también de alguna ventaja fiscal. Y es que el renting, sobre todo de vehículos, sirve para que los consumidores ahorren costes, ya sean particulares, empresas o autónomos. 

Conviene tener claros los principales puntos en cuanto a la fiscalidad del renting para particulares sin entrada en términos de IVA, IRPF e Impuesto de Sociedades para que si estás pensando en adquirir un coche nuevo,seas consciente de todas las vías que hay para ello y tomes de esta forma la decisión más adecuada.

¿Existen ventajas fiscales en el renting para particulares?

La realidad es que los particulares no pueden desgravarse por el renting de un coche, así que este alquiler será un gasto más en su presupuesto por el que no podrán deducir en el IRPF en su Declaración de la Renta, al igual que tampoco pueden hacerlo por la compra de ropa u otro tipo de arrendamientos —al margen de la vivienda, que sí se puede deducir en determinadas situaciones—. En resumen, las ventajas fiscales del renting para particulares son inexistentes.

Para los particulares, el renting no suele implicar ventajas fiscales directas, ya que las cuotas mensuales no son deducibles en la declaración de la renta. La principal ventaja está en la comodidad: tener todos los gastos incluidos en una sola cuota (mantenimiento, seguro, impuestos), lo que facilita la gestión económica y evita imprevistos.

En cambio, para los autónomos y empresas sí existen beneficios fiscales. Las cuotas de renting pueden considerarse un gasto deducible en el Impuesto de Sociedades o en el IRPF, siempre que el vehículo esté vinculado a la actividad profesional. Además, también es posible deducir el IVA asociado al renting, total o parcialmente, dependiendo del uso que se haga del coche (profesional o mixto).

 

Tipo de usuario¿Puede desgravar?Impuesto aplicable
Particular❌ NoNo aplica
Autónomo✅ Sí (si se usa en la actividad)IRPF (gasto deducible) y, según uso, deducción parcial o total del IVA
Empresa✅ SíImpuesto de Sociedades (gasto deducible) y posibilidad de deducir IVA según uso

 

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Gastos deducibles en el renting

Los contratos de renting para las empresas funcionan exactamente igual que para los autónomos. Esto viene a significar que la empresa puede incluir como gasto deducible lo que paga por alquilar sus vehículos o maquinaria, por ejemplo. En este caso, el coche de un autónomo sería considerado como si fuera un coche de empresa, que se utiliza para desempeñar la actividad profesional, y por ello, aportando las justificaciones necesarias, se podría desgravar.

También es importante que los consumidores aprendan a distinguir el IRPF del Impuesto de Sociedades y del IVA, ya que la fiscalidad del renting afecta únicamente en el ámbito del impuesto sobre el IVA, que como hemos comentado, es 100% deducible siempre que el vehículo esté exclusivamente dedicado a la actividad económica.

contrato

Está claro que si existe un gasto que todo autónomo incluye en su declaración trimestral de IVA —y en general dentro de sus gastos deducibles—, es el coche de empresa. Pero una cosa es lo que haga el autónomo o la pyme y otra bien diferente lo que la Ley permite hacer respecto al coche. Existe una regla no escrita según la cual es posible imputar un 50% del gasto del coche, aunque la norma es mucho más restrictiva al respecto.

Y aunque existen muchas más probabilidades de que Hacienda considere suscrito a la actividad empresarial un coche de renting que uno comprado, siempre habrá o existirá una presunción de relación del 50%. Dicho de otra forma, la mayoría de inspectores dejarán imputar la mitad de los gastos para la deducción del IVA del renting de vehículos.

En el renting, los gastos deducibles dependen directamente del uso que se le dé al vehículo y del tipo de contribuyente. Para autónomos y empresas, las cuotas de renting pueden considerarse un gasto deducible si el coche está destinado a la actividad profesional. Esto significa que las cantidades abonadas cada mes reducen la base imponible sobre la que se calculan los impuestos, como el IRPF en el caso de autónomos o el Impuesto de Sociedades en el caso de empresas.

Por ejemplo, un consultor autónomo que utiliza el coche únicamente para desplazarse a reuniones con clientes puede deducir el 100 % de las cuotas de renting como gasto de su actividad, además del IVA asociado (siempre que pueda demostrar que el uso es exclusivamente profesional). En este caso, el renting le permite ahorrar en impuestos y tener una previsión clara de sus gastos fijos.

En cambio, si el vehículo se usa de forma mixta (trabajo y uso personal), la deducción es parcial. Supongamos que un comercial utiliza el coche tanto para visitar clientes como para sus desplazamientos familiares: Hacienda puede limitar la deducción del IVA al 50 %, y solo una parte de las cuotas se considerará gasto deducible. Por su parte, un particular que contrata renting para uso personal (ir al trabajo, viajes o familia) no puede deducir nada en su declaración, ya que no existe vinculación profesional.

 

Tipo de usuarioEjemplo práctico% deducibleImpuestos aplicables
AutónomoConsultor que usa el coche solo para reuniones con clientes.✅ 100 %IRPF (gasto deducible) + IVA completo
Autónomo / EmpresaComercial que usa el coche para clientes y también para su familia.⚖️ 50 %IRPF o Impuesto de Sociedades + IVA parcial
ParticularRenting para uso personal (trabajo, ocio o viajes familiares).❌ 0 %No aplica

Nota: la deducibilidad depende del uso profesional acreditable y de la normativa fiscal vigente. 

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Renting y Hacienda: ¿qué deben saber los particulares?

En definitiva, debido a sus características, el renting se ha convertido en una vía más para los particulares de adquirir de una forma fácil y cómoda un coche nuevo, pero aun sigue siendo la forma preferida de las empresas y autónomos de adquirir vehículos de empresa. La única diferencia es que, por desgracia, los particulares no pueden disponer de ventajas fiscales deducibles en sus declaraciones del IVA con un renting.

Eso sí, no hay que olvidar que los beneficios de adquirir un coche nuevo por la vía del renting siguen siendo muchos: no asumir el coste económico de aspectos esenciales como el mantenimiento del vehículo, el cambio de ruedas, la sustitución en caso de tener que pasar un tiempo en el taller… Y esta vez, sí que sí tanto particulares como empresas como autónomos pueden disfrutar de ellas con el renting. 

 

VentajaExplicación breveImpacto económico
Mantenimiento incluidoRevisiones periódicas (aceite, filtros, revisiones oficiales) están cubiertas.Ahorro de 300 – 600 € anuales
Cambio de neumáticosMuchas cuotas incluyen sustitución de ruedas cuando toca por desgaste.Ahorro de 300 – 800 € cada 40.000 km
Vehículo de sustituciónSi el coche sufre avería o accidente, el renting facilita otro coche para seguir moviéndote.Ahorro de 20 – 50 € diarios en alquiler
Asistencia en carreteraIncluida en la cuota, disponible 24/7 sin coste adicional.Ahorro de 100 – 200 € por intervención
Seguro a todo riesgoIntegrado en la cuota, sin necesidad de buscar aseguradora ni negociar póliza.Ahorro de 400 – 1.000 € anuales

Estas ventajas reducen gastos imprevistos y concentran costes en una cuota fija mensual.